Nuevamente la población boliviana se ha visto ingratamente sorprendida por la adopción, por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, de una medida cautelar que pretende impedir a los Tribunales Departamentales Electorales y al Tribunal Supremo Electoral, resolver la situación de candidatos que visiblemente incumplen los requisitos establecidos por los artículos 285 y 287 de la Constitución Política del Estado.
Se repite de ese modo, la impostura de 2017, cuando el mismo Tribunal, conformado por otras personas, inventó el “derecho humano” a la reelección indefinida para permitir que Morales y García Linera vuelvan a candidatear en contra de la Constitución, determinando en los hechos la no aplicación de normas contenidas en ésta.
La Acción Abstracta de Inconstitucionalidad está prevista para contrastar si una ley, decreto o cualquier otra resolución no judicial, está conforme o no con la Constitución Política del Estado, y en ningún caso, para dejar de aplicar artículos de ésta, como pretende la lamentable acción interpuesta por un asambleísta de Cochabamba.
Por otro lado, las medidas cautelares establecidas en el Código Procesal Constitucional, son para “evitar la consumación de la restricción, supresión o amenaza de restricción, del derecho o garantía constitucional que pueda crear una situación irreparable” (Ley 254ª, Art. 34) y sólo proceden cuando existe fundamento jurídico valedero y se está ante un daño inminente irremediable e irreparable, cosa que no existe en este momento, por cuanto una supuesta decisión del Órgano Electoral podrá, en su caso, ser objeto de los recursos establecidos por ley.
Por último, se trata de una prueba de fuego para el Tribunal Supremo Electoral, que deberá actuar en los marcos de la Constitución Política del Estado y la normativa que rige la materia, demostrando que las épocas en que este cuarto Órgano del Estado estaba absolutamente sometido al Ejecutivo, pasaron a la historia. Lo contrario significará que, también en este ámbito, los esfuerzos del pueblo boliviano y sus esperanzas, sean defraudadas una vez más.
Nuevamente el TCP actúa en contra de la ley en tanto esperamos que el TSE se someta a ella cuando le toque actuar.
La Paz, 12 de Enero de 2121
Por la Plataforma Una Nueva Oportunidad:
Gonzalo Flores CI 2052932
Carlos Derpic CI 1271460
Carlos Alborta CI 2395318
Claudia Baya CI 3107022
Edgar Cadima CI 385549
Erika Brockman Quiroga CI 809357
Guillermo Mariaca CI 188961
Hernando Calla CI 487235
Jaime Fernandez CI 745266
Loyola Guzman CI 235456
Pablo Zavaleta CI 398793
Susana Anaya CI 774704
Carlos Bejarano CI 2704902
Carlos Rojas CI 1316603
Gisela Derpic CI 1289999-1N